Jurisprudencia para recuperación de AFORE de extranjero

DE LA SOTA
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Jurisprudencia para el retiro total de AFORE e INFONAVIT por extranjero.

Recientemente ha sido emitida una tesis jurisprudencial por el Poder Judicial Federal mexicano con la que se da el derecho a los extranjeros que regresaron a residir a su país de origen o están a punto de regresar, para retirar los saldos que administran la AFORE e INFONAVIT.

Es importante aclarar que una tesis jurisprudencial es de aplicación obligatoria por las entidades administrativas que llevan procedimientos en forma de juicio y los tribunales, locales y federales que diriman una controversia respecto a la hipótesis del mencionado criterio.

Por lo tanto, solo tendrán el derecho a retirar los saldos de AFORE e INFONAVIT los extranjeros que medien demanda para conseguirlo.

Para ello, citamos el título del criterio jurisprudencial, que beneficia el retiro de recursos de AFORE e INFONAVIT:

TRABAJADORES EXTRANJEROS. TIENEN DERECHO A LA DEVOLUCIÓN DE LOS RECURSOS ACUMULADOS EN SU CUENTA INDIVIDUAL DEPOSITADA EN LA ADMINISTRADORA DE FONDOS PARA EL RETIRO (AFORE), ASÍ COMO DE LAS APORTACIONES AL FONDO DE LA SUBCUENTA DE VIVIENDA, CUANDO VUELVAN EN FORMA DEFINITIVA A SU PAÍS DE ORIGEN, SIN QUE LES SEAN EXIGIBLES LOS REQUISITOS PREVISTOS EN LA LEY.

En cualquier caso, es posible coordinar el asunto para el retiro de AFORE e INFONAVIT por extranjero desde el exterior o en México, no importando cuanto tiempo se lleve desde que se dejó de cotizar en el Sistema de Ahorro para el Retiro.

Para cualquier información y asesoría de los temas descritos, puede:

- Mandar un correo al mail de De la Sota Abogados presionando este enlace o a contacto@delasotaabogados.com.mx

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- Llenar el siguiente formulario y enviar sus datos:

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